Quedó reglamentado por decreto nacional el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), creado en el marco de la ley de modernización laboral número 27.802. El régimen rige por dos años y apunta a dinamizar el aparato productivo, las cadenas de valor, las exportaciones y el empleo en todo el país.
Solo acceden MIPYMES inscriptas según la resolución 220 de 2019. Los montos mínimos de inversión, computados netos de IVA, son de 150.000 dólares para microempresas, 600.000 para pequeñas, 3,5 millones para medianas tramo 1 y 9 millones para medianas tramo 2. Las firmas tienen hasta dos años para ejecutar el proyecto y luego pueden aplicar amortización acelerada en dos ejercicios del impuesto a las ganancias sobre bienes de capital y bienes de informática y telecomunicaciones incluidos en el régimen, un beneficio clave para el flujo de caja.
Las obras destinadas a la producción pueden amortizarse en un plazo reducido al 60 por ciento del habitual. Para el agro, hay un esquema especial sin piso de monto en riego, mallas antigranizo y bienes semovientes, con amortización en un solo año, incluidas obras complementarias de puesta en marcha, eficiencia energética y protección contra granizo. Las inversiones en eficiencia energética abarcan renovables y recambio de motores, bombas, equipos de frío y otros que aporten ahorro.
Además, las empresas pueden obtener devolución anticipada de créditos fiscales de IVA vinculados a la inversión productiva, tres meses después de materializada la inversión.
