El juez laboral Raúl Horacio Ojeda, el mismo que el 30 de marzo había dejado en suspenso 83 artículos de la Ley de Modernización Laboral a pedido de la CGT, revocó la cautelar que frenaba la aplicación del artículo 55 de la ley 27.802. Ese artículo regula cómo deben actualizarse los créditos laborales en los juicios en trámite, con un esquema de IPC más una tasa del 3% anual.
El giro tiene una razón concreta. A partir de un estudio de campo de la Red Académica de Jueces del Trabajo, el magistrado advirtió que su propia cautelar podía perjudicar a los trabajadores que decía proteger. En provincias como Buenos Aires, Chubut, Chaco, Córdoba, Mendoza y Tucumán, entre otras, los sistemas de actualización vigentes resultaban menos favorables que el nuevo régimen de la reforma.
En la práctica, el juez desarma la lógica de suspensión uniforme que había intentado imponer y devuelve la discusión a los tribunales de cada jurisdicción. El retroceso expone que la cautelar original fue, al menos en este punto, apresurada en su alcance. La UIA ya había advertido que frenar una ley aprobada por el Congreso debilitaba la seguridad jurídica y afectaba el clima de negocios. Ahora, el propio juzgado reconoce que el remedio podía ser peor que la enfermedad.
